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14/02/2014 - Otros

El Senasa actualizó el Reglamento de Inspección de Productos, Subproductos y Derivados de Origen Animal

Le sumó el capítulo XXXII referido a la aplicación de criterios de bienestar animal en establecimientos de faena.

El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) actualizó el Reglamento de Inspección de Productos, Subproductos y Derivados de Origen
Animal, aprobado por Decreto 4238/68, con la incorporación del capítulo sobre bienestar animal.

El Organismo, por medio del capítulo XXXII del citado Reglamento, incorporó a la normativa criterios de protección a los animales en los que la Argentina fue
pionera y la coloca en los estándares exigidos internacionalmente.

Esta normativa, adoptada por medio de la Resolución Senasa N° 46/2014, se complementará con el desarrollo de manuales de procedimiento para la aplicación
del concepto de bienestar animal en el sacrificio de las distintas especies que se faenen.

En los últimos años, la temática de bienestar animal cobró importancia en el mundo debido a normativas desarrolladas por la Organización Mundial de la Sanidad
Animal (OIE), que fueron incorporadas por los países desarrollados, y que incluyen nuevas exigencias a sus requisitos para la importación de productos de origen
animal.

La Argentina tiene una trayectoria histórica en la protección de los animales, lo que se ha plasmado en la legislación tendiente a evitarles sufrimientos
innecesarios, como la Ley Sarmiento Nº 2786/1891 o la Ley 14346/1954.

Además de las razones éticas, existen motivaciones económicas, para atender el bienestar animal. Está probado que la calidad de las carnes provenientes de
especies animales de consumo tratadas bajo las recomendaciones de bienestar animal, supera a las que han sufrido estrés previo a la faena, disminuyendo
pérdidas económicas.

Fuente: SENASA (www.senasa.gov.ar)

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